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http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/16742
Titre: | La mediación como garantía de los derechos de protección y de acceso a la justicia. |
Auteur(s): | Plaza Zúñiga, Javier Andrés |
metadata.dc.contributor.advisor: | Massimino, Leonardo Fabián Peña Seminario, María Verónica Cárdenas Reyes, Ximena Alejandra |
Mots-clés: | MEDIACIÓN;TUTELA JUDICIAL EFECTIVA;DERECHO A CONTRATACIÓN;SISTEMA JUDICIAL |
Date de publication: | 14-jui-2021 |
Editeur: | Universidad Católica de Santiago de Guayaquil |
Résumé: | The arbitration and mediation law in Ecuador defines mediation as a conflict resolution procedure by which the involved parties are assisted by a third party named the “mediator” the person who helps negotiate between two feuding parties with the purpose to remain in the neutral middle rather than taking one side over another, in order to help both sides resolve a dispute. However, just the existence of this legal mechanism as an access to obtain justice it is not a mandatory in our legislation to initiate a legal prosecution, which coincide a legal procedure congestion that for a legal causes which for their origins, dimension and or social relevance it could or could not be in attendance of in a mediation stage, propitiating with this extra judicial voluntary agreement that all parties in conflict exert their constitutional rights to the free procurement, stated as per their free will and their own decision capacity, preserving people’s right in the event that they can’t come to a mutual agreement or concur to a legal court procedures. This study wishes to create an analysis in which mediation is considered as a pre-procedural path and an enabling condition for the initiation of legal actions in the jurisdictional venue, in order to obtain, through an agreement with judgment effects , access to justice without the need to go through a judicial process. |
Description: | Nuestra Constitución establece que el más alto deber del Estado consiste en respetar y hacer respetar los derechos garantizados en la Constitución y dentro de la carta magna forman parte el acceso a la justicia y la tutela judicial efectiva. No obstante, el reconocimiento constitucional a estos derechos no ha necesariamente dado una solución integral a los requerimientos de justicia del país, esta debilidad que tiene el Estado frente a la garantía y respeto de los derechos de protección. La consecuente violación de estos derechos a las ciudadanas y ciudadanos, propicia la necesidad de identificar el problema raíz y proponer alternativas de solución que puedan utilizarse como una herramienta idónea para que el Estado subsane la situación que se vive actualmente. La Ley de Arbitraje y Mediación de Ecuador define a la mediación como un procedimiento de solución de conflictos por el cual las partes, asistidas por un tercero neutral llamado mediador, procuran un acuerdo voluntario, que verse sobre materia transigible, de carácter extrajudicial y definitivo, que ponga fin al conflicto (Asamblea Nacional, 2006). No obstante, la solo existencia de este mecanismo legal como un medio de acceso a la justicia no puede considerarse un aporte determinante a un camino de solución del problema si la utilización de dicho método no es obligatoria en la etapa previa a un proceso en la justicia ordinaria. Por lo cual, ante la ausencia de normativa que direccione y mande la aplicación de este método alternativo de solución de conflicto y no habiendo parámetros que excluyan o restrinjan controversias de diminuta cuantía o conflicto, esto puede haber incidido en una congestión procesal de causas que por su naturaleza, dimensión o relevancia social pudiesen o pudieron ser atendidas en un centro de mediación. De utilizarse previamente un acuerdo extrajudicial voluntario, se materializarían dos circunstancias fácticas: la primera que las partes en conflicto tendrían capacidad de ejercer su derecho constitucional a la libre contratación, expresado como su voluntad y su capacidad de decisión la solución del conflicto que se requiere solución. La segunda, que al contarse con una alternativa obligatoria, los conflicto derivados a mediación se convierten automáticamente en una solución que no necesito ser atendida en la justicia ordinaria. Si bien es cierto Ecuador cuenta con un ordenamiento jurídico existente, todo sistema judicial puede adolecer de circunstancias propias de la realidad económica del país que pueden afectar su correcto desarrollo, a su vez, todo sistema judicial es perfectible y debe ser un compromiso perenne de los administradores del Consejo de la Judicatura el evaluarse y formularse constantemente propuesta de mejoramiento. Este estudio propone crear un análisis en el cual se evalué instrumentar a la mediación como parte de una etapa pre procesal, siendo un habilitante para el inicio de acciones legales en sede jurisdiccional, con la finalidad de por medio de un acuerdo con efectos de sentencia, obtener el acceso a la justicia sin necesidad de incurrir en un proceso judicial. |
URI/URL: | http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/16742 |
Collection(s) : | Trabajos de Grado - Maestría en Derecho Constitucional |
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