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Título : La prueba para mejor resolver en perspectiva al impulso procesal de las partes conforme al Código Orgánico General de Procesos.
Autor : Parra Laborda, José Francisco
metadata.dc.contributor.advisor: Pérez Puig-Mir, Nuria
Palabras clave : DERECHO PROCESAL;DEBIDO PROCESO;FACULTAD PROBATORIA;PROCESO PENAL;DERECHO CONSTITUCIONAL
Fecha de publicación : 29-feb-2024
Editorial : Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
Resumen : With the implementation and subsequent application development of the General Organic Code of Processes, the traditional vision of the practice of evidence has changed and has acquired a clear procedural dynamic, resulting in greater responsibility for the procedural parties. In this context, the dispositive principle establishes the rule that only the parties decide on the procedural activities, so the judicial authority must limit its decision only to what the parties have requested, with the parties being the only ones responsible for presenting evidence at the trial. , which is not something that has an absolute character, since there are cases in which the judge is extraordinarily empowered to actively participate in the process, generating evidence with the purpose of providing a better resolution to the legal conflict submitted to his knowledge. From the above, it can be verified that the jurisdiction of the judge, in accordance with the provisions of the General Organic Code of Processes, includes the power to order ex officio the collection of evidence necessary to establish the truth. The present investigation was aimed at identifying the scope and limits of the unofficial evidentiary power of the judge, this through a methodology with a qualitative approach and using tools such as the questionnaire, which has been directed to the main actors who They intervene in jurisdictional processes, just as judges and lawyers do in the free exercise of the profession, with the aim of obtaining inputs that allow achieving the stated objectives.
Descripción : Con la implementación y posterior desarrollo aplicativo del Código Orgánico General de Procesos, la visión tradicional de la práctica de la prueba ha cambiado y ha adquirido una dinámica procesal clara, surgiendo una mayor responsabilidad por de las partes procesales. En ese contexto, el principio dispositivo establece la regla de que sólo las partes deciden sobre las actividades procesales por lo que la autoridad judicial debe limitar su decisión únicamente a lo que las partes han solicitado, siendo aquellas las únicas responsables de presentar pruebas en el juicio, lo cual no es algo que tenga el carácter de absoluto, ya que existe casos en los que extraordinariamente se faculta al juez para que participe activamente dentro del proceso, generando pruebas con la finalidad dar una mejor resolución al conflicto legal sometido a su conocimiento. Por lo expuesto, se puede verificar que la competencia del juez, conforme a lo dispuesto en el Código Orgánico General de Procesos, incluye la facultad de ordenar de oficio la recolección de pruebas necesarias para establecer la verdad. La presente investigación fue orientada a identificar los alcances y limites que tiene la facultad oficiosa probatoria por parte del juzgador, esto a través de metodología con enfoque cualitativo y haciendo uso de herramientas tales como el cuestionario, mismo que ha sido dirigido a los principales actores que intervienen en los procesos jurisdiccionales, tal como lo son los jueces y abogados en el libre ejercicio de la profesión, esto con la finalidad de obtener insumos que permitan alcanzar los objetivos planteados.
URI : http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/22864
Aparece en las colecciones: Trabajos de Grado - Maestría en Derecho, Mención en Derecho Procesal

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