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http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/18844
Título : | La declaratoria de abandono en audiencia no vulnera la tutela judicial efectiva del trabajador. |
Autor : | García León, Juan Javier |
metadata.dc.contributor.advisor: | Mendoza Colamarco, Elker Pavlova |
Palabras clave : | DERECHO PROCESAL CIVIL;PROCESO JUDICIAL;ABANDONO DE PROCESOS;AUDIENCIA |
Fecha de publicación : | 13-may-2022 |
Editorial : | Universidad Católica de Santiago de Guayaquil |
Resumen : | The procedural institution of abandonment has a procedural importance capable of concluding the judicial process in an extraordinary way. The effects of this figure extinguish the procedural relationship established between plaintiff and claim, directly influencing the substantive relationship of the parties by not having a firm resolution that gives certainty to the disputed right. With the entry into force of the General Organic Code of Processes, the abandonment has had several reforms that have been aimed at protecting the constitutional right to effective judicial protection, since it was being affected by its drastic effects by not being able to resubmit the demand, once the abandonment has been declared. By virtue of that, the legislative body has attempted to grant cases involving labor rights reinforced protection, preventing the declaration of abandonment. However, the legislator has also made reforms to what we call "declaration of abandonment at hearing", keeping in force the essence of the article that, in our opinion, intends to protect the dispositive principle that governs civil procedural matters, without making any distinction. In this sense, we will examine how the procedural figure of abandonment and its declaration at the hearing can coexist with the express prohibition of the impossibility of abandonment in labor matters, without violating the right to effective judicial protection of the worker. |
Descripción : | La institución procesal del abandono tiene gran trascendencia dentro de los procesos porque concluye en forma extraordinaria el proceso judicial. Los efectos de esta figura extingue la relación procesal constituida entre actor y demandado, incidiendo directamente en la relación sustantiva de las partes al no contar con una resolución en firme que dé certeza al derecho controvertido. Con la entrada en vigencia del Código Orgánico General de Procesos, el abandono ha tenido varias reformas que han sido orientadas a proteger el derecho constitucional a la tutela judicial efectiva, ya que la misma estaba siendo afectada por sus efectos drásticos al no poder volver a presentar la demanda una vez declarado el abandono. En virtud de aquello, el órgano legislativo ha pretendido otorgar a las causas que involucren derechos laborales una protección reforzada impidiendo la declaratoria del abandono. No obstante, el legislador también ha realizado reformas a lo que llamamos “declaratoria de abandono en audiencia”, manteniendo vigente la esencia del artículo que a nuestro criterio pretende proteger el principio dispositivo que rige en materia procesal civil, sin hacer distinción alguna. En este sentido, examinaremos como la figura procesal del abandono y su declaratoria en la audiencia puede coexistir con la prohibición expresa de la imposibilidad de abandono en materia laboral, sin vulnerar el derecho a la tutela judicial efectiva del trabajador. |
URI : | http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/18844 |
Aparece en las colecciones: | Trabajos de Titulación - Carrera de Derecho |
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