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http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/16749
Título : | Responsabilidad del notario por los actos de los dependientes de la notaría. |
Autor : | Moreno Jaramillo, Juan Carlos |
metadata.dc.contributor.advisor: | Nuques Martínez, María Isabel Obando Freire, Francisco Marcelo |
Palabras clave : | RESPONSABILIDAD CIVIL;NOTARIO;FÉ PÚBLICA;SEGURIDAD JURÍDICA |
Fecha de publicación : | 28-may-2021 |
Resumen : | This study is aimed at analyzing the responsibility of notaries for the acts of their dependents, indicating that this official, endowed with public faith, is authorized to intervene in a series of acts, contracts and documents. For this reason, they must have support staff for the fulfillment of their duties with diligence, this official being responsible for the acts that they carry out and that may result in damage to users and even the notary himself. To delimit the responsibility of notaries in front of their dependents, a methodology based on theoretical methods such as analytical, comparative and inductive was used, as well as empirical methods such as documentary analysis and interviews, the latter applied to five notaries and judges who allowed evidence that the notary or notary has the right to defense proving that it is not their responsibility, but it is unlikely that they will be exempted from it when their dependents acted in bad faith or were misled, since they are obliged to verify all types of operations in his office thus supporting the legal security of what he authorizes. That said, complementing the study with a comparative analysis, a reform of the Organic Code of the Judicial Function is presented indicating that the notary or notary will not be responsible for acting in bad faith or errors of his dependents or substitute notary, showing that, in addition to be compelled to train their workers for a minimum of 180 hours to strengthen their performance. |
Descripción : | El presente estudio se encuentra orientado a analizar la responsabilidad del notario por los actos de sus dependientes indicándose que este funcionario, dotado de fe pública, se encuentra autorizado para intervenir en una serie de actos, contratos y documentos. Por tal motivo, deben disponer de personal de apoyo para el cumplimiento de sus atribuciones con diligencia, respondiendo este funcionario por los actos que éstos realicen y que pueden derivar en un perjuicio al usuarios e incluso el mismo notario. Para delimitar la responsabilidad de los notario frente a sus dependientes se empleó una metodología basada en métodos teóricos como el analítico, comparativo y el inductivo, además métodos empíricos como el análisis documental y las entrevistas, estas últimas aplicadas a cinco notarios y jueces quienes permitieron evidenciar que el notario o notaria tiene derecho a la defensa demostrando que no es su responsabilidad, pero es poco probable que se exima de ella cuando sus dependientes actuaron de mala fe o fue inducido al error, ya que está obligado a verificar todo tipo de operación en su despacho respaldando así la seguridad jurídica de lo que autoriza. Dicho esto, complementando el estudio con un análisis comparado se presenta una reforma al Código Orgánico de la Función Judicial indicando que el notario o notario no será responsable por el actuar en mala fe o errores de sus dependientes o notario suplente, demostrando aquello, además de estar obligar a capacitar a sus trabajadores por un mínimo de 180 horas para fortalecer su desempeño. |
URI : | http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/16749 |
Aparece en las colecciones: | Trabajos de Grado - Maestría en Derecho, Mención en Derecho Notarial y Registral |
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