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http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/13025
Registro completo de metadatos
Campo DC | Valor | Lengua/Idioma |
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dc.contributor.advisor | Izquierdo Castro, María Denisse | - |
dc.contributor.author | Jiménez Maridueña, Johanna Paola | - |
dc.date.accessioned | 2019-05-22T15:12:31Z | - |
dc.date.available | 2019-05-22T15:12:31Z | - |
dc.date.issued | 2019-02-23 | - |
dc.identifier.uri | http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/13025 | - |
dc.description | El evitar inconformidad jurídica actual en que se aplicará una propuesta y mejora para que exista una reforma en el numeral 4 del artículo 640 del Código Orgánico Integral Penal (2014), para que se realice un cambio al plazo de audiencia de procedimiento directo y que en vez de diez días sean veinte días, de esta manera los sujetos procesales tendrán tiempo para recaudar las mayores pruebas importantes que le sean posibles en el proceso. Procedimiento directo aplicado en la norma jurídica penal ecuatoriana, es el que concentra cada una las etapas dentro de un proceso penal; tal como lo es la instrucción; la evaluación; etapa preparatoria de juicio; y, por último el juicio mediante una sola audiencia resolutiva; siendo el tipo de procedimiento que procede en todo delito que tenga pena privativa de la libertad máximo cinco años; y, también los delitos que son contra propiedades, en el que su monto monetario no vaya a exceder treinta (USB) salarios básicos unificados. Excluyendo de este tipo de procedimiento a delitos que son contra, la eficiente administración pública y/o que puedan afectar intereses del Estado ecuatoriano; la inviolabilidad de vida; la integridad, la libertad personal del ciudadano con resultado de muerte. La competencia en este tipo de procedimiento directo en sustanciar, resolviendo la tiene directamente el juez competente (unipersonal) de las garantías penales, el cual calificó en ese instante la flagrancia, debiendo en esa audiencia señalar su día y la hora para audiencia del juicio directo, celebrado máximo en un plazo de 10 días, cuya resolución será de audiencia resolutoria condenatoria o ratificatoria de inocencia. | en_US |
dc.format | application/pdf | en_US |
dc.language.iso | spa | en_US |
dc.publisher | Universidad Católica de Santiago de Guayaquil | en_US |
dc.rights | info:eu-repo/semantics/openAccess | en_US |
dc.rights.uri | http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/ | en_US |
dc.subject | DERECHO PROCESAL PENAL | en_US |
dc.subject | DERECHO A LA DEFENSA | en_US |
dc.subject | ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA | en_US |
dc.subject | NORMATIVA JURÍDICA | en_US |
dc.title | Análisis jurídico del numeral 4 del artículo 640 del Código Orgánico Integral Penal - Procedimiento Directo. | en_US |
dc.type | info:eu-repo/semantics/bachelorThesis | en_US |
Aparece en las colecciones: | Trabajos de Titulación - Carrera de Derecho (SED) |
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Fichero | Descripción | Tamaño | Formato | |
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